Procedimientos de extranjería
Nuevos procedimientos. Art. 126 R.D. 1155/24, de 19 de noviembre
Arraigo Familiar
Residencia como familiar de ciudadano de otro Estado miembro de la Unión Europea, del E.E.E. o de Suiza.
Arraigo Socioformativo
Residencia temporal destinada a personas extranjeras que hayan permanecido al menos dos años en España y se encuentren matriculadas o cursando estudios de educación secundaria postobligatoria en un centro autorizado, en modalidad presencial o semipresencial, que conduzca a un título oficial reconocido.
Arraigo Social
Residencia por circunstancias excepcionales a personas que se encuentran en España y han vivido de forma continuada en el país durante al menos dos años y cuenten con vínculos familiares o tengan un informe favorable de arraigo social.
Arraigo Sociolaboral
Residencia de un año para personas extranjeras que hayan vivido de forma continuada en España durante al menos dos años y puedan acreditar una relación laboral de trabajo de al menos 20 horas semanales, con una duración mínima de más de 90 días.
Arraigo de Segunda oportunidad
Para personas extranjeras que hayan residido en España de forma continuada al menos dos años y hayan tenido una autorización de residencia anterior (no por circunstancias excepcionales).
Residencia temporal para familiares de personas con nacionalidad española.
Dirigida a personas extranjeras que mantengan una relación familiar con una persona española. Pueden acceder cónyuges, parejas estables, hijos, ascendientes, tutores de menores españoles o familiares cuidadores en casos de dependencia, si cumplen los requisitos legales de convivencia y dependencia.
Otros procedimientos
Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar
Es una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a los familiares de las personas extranjeras residentes en España, en virtud del derecho a la reagrupación familiar ejercido por una persona extranjera residente.
Renovación de la autorización de residencia por reagrupación familiar
La renovación de la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar permite a los familiares reagrupados mantener su estancia legal en España. Para ello, deben cumplirse requisitos como la vigencia del vínculo familiar y la residencia legal de ambas partes.
Autorización de residencia independiente de familiares reagrupados
Autorización de residencia y trabajo independiente que pueden obtener los titulares de una residencia por reagrupación familiar al cumplir ciertos requisitos. Aplica en casos como haber residido un año, ruptura del vínculo conyugal, fallecimiento del reagrupante, violencia de género o alcanzar la mayoría de edad, siempre que se cumplan las condiciones legales establecidas.
Autorización de estacia de larga duración para la realización de estudios superiores o de educación secundaria postobligatoria.
La autorización de estancia de larga duración por estudios permite permanecer en España más de 90 días para cursar estudios superiores o educación secundaria postobligatoria, en modalidad presencial o híbrida. Incluye acceso limitado al empleo, posibilidad de traer familiares y opción de prórroga.
Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena
Es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena que solicita un empleador o empresario para la contratación de una persona trabajadora extranjera mayor de 16 años por un periodo superior a noventa días e inferior a cinco años.
Es la renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Es una autorización de residencia temporal que adquieren las personas extranjeras menores de edad nacidas en España que sean hijas solteras, biológicas o adoptadas de progenitores extranjeros titulares de alguna autorización de residencia descrita en el Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024).
Autorización de residencia temporal de menor extranjero acompañado nacido en España
Asignación de NIE
Autorización de regreso
El NIE (Número de Identidad Extranjero) es un número personal, único y exclusivo que deben de poseer, a los efectos de identificación, todos los extranjeros
Se trata de una autorización para la salida y posterior retorno al territorio nacional al extranjero cuya autorización de residencia o estancia se encuentre en periodo de renovación.
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