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Nuevos procedimientos. Art. 126 R.D. 1155/24, de 19 de noviembre
Residencia como familiar de ciudadano de otro Estado miembro de la Unión Europea, del E.E.E. o de Suiza.
Residencia temporal destinada a personas extranjeras que hayan permanecido al menos dos años en España y se encuentren matriculadas o cursando estudios de educación secundaria postobligatoria en un centro autorizado, en modalidad presencial o semipresencial, que conduzca a un título oficial reconocido.
Residencia por circunstancias excepcionales a personas que se encuentran en España y han vivido de forma continuada en el país durante al menos dos años y cuenten con vínculos familiares o tengan un informe favorable de arraigo social.
Residencia de un año para personas extranjeras que hayan vivido de forma continuada en España durante al menos dos años y puedan acreditar una relación laboral de trabajo de al menos 20 horas semanales, con una duración mínima de más de 90 días.
Para personas extranjeras que hayan residido en España de forma continuada al menos dos años y hayan tenido una autorización de residencia anterior (no por circunstancias excepcionales).
Dirigida a personas extranjeras que mantengan una relación familiar con una persona española. Pueden acceder cónyuges, parejas estables, hijos, ascendientes, tutores de menores españoles o familiares cuidadores en casos de dependencia, si cumplen los requisitos legales de convivencia y dependencia.
Es una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a los familiares de las personas extranjeras residentes en España, en virtud del derecho a la reagrupación familiar ejercido por una persona extranjera residente.
Renovación de la autorización de residencia por reagrupación familiar
La renovación de la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar permite a los familiares reagrupados mantener su estancia legal en España. Para ello, deben cumplirse requisitos como la vigencia del vínculo familiar y la residencia legal de ambas partes.
Autorización de residencia independiente de familiares reagrupados
Autorización de residencia y trabajo independiente que pueden obtener los titulares de una residencia por reagrupación familiar al cumplir ciertos requisitos. Aplica en casos como haber residido un año, ruptura del vínculo conyugal, fallecimiento del reagrupante, violencia de género o alcanzar la mayoría de edad, siempre que se cumplan las condiciones legales establecidas.
Autorización de estacia de larga duración para la realización de estudios superiores o de educación secundaria postobligatoria.
La autorización de estancia de larga duración por estudios permite permanecer en España más de 90 días para cursar estudios superiores o educación secundaria postobligatoria, en modalidad presencial o híbrida. Incluye acceso limitado al empleo, posibilidad de traer familiares y opción de prórroga.
Autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena
Es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena que solicita un empleador o empresario para la contratación de una persona trabajadora extranjera mayor de 16 años por un periodo superior a noventa días e inferior a cinco años.
Es la renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
El NIE (Número de Identidad Extranjero) es un número personal, único y exclusivo que deben de poseer, a los efectos de identificación, todos los extranjeros
Se trata de una autorización para la salida y posterior retorno al territorio nacional al extranjero cuya autorización de residencia o estancia se encuentre en periodo de renovación.
Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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